Watson no quiere mostrar en qué se gasta la plata



Edición Impresa » 01/11/2026 01/11/2026

Según fuentes cercanas al intendente varelense, parece que la revelación del insólito gasto de 115 millones de pesos para construir la vereda del edificio municipal que ocupó la portada de la última edición de Mi Ciudad fue la gota que rebasó el vaso para la Gestión Watson.

Según fuentes cercanas al intendente varelense, parece que la revelación del insólito gasto de 115 millones de pesos para construir la vereda del edificio municipal que ocupó la portada de la última edición de Mi Ciudad fue la gota que rebasó el vaso para la Gestión Watson.
A partir de la inmensa repercusión de la noticia que puso en evidencia la continuidad del vínculo con «Chicho» Basile mantenido desde los tiempos de Pereyra y que consolida al ex convicto como el principal proveedor de la Comuna, el jefe municipal decidió dar un nuevo paso en contra de la transparencia de sus actos de gobierno. A la desaparición de la nómina de empleados municipales de su sitio web hace ya un par de años, se sumó ahora el levantamiento de sus Boletines Municipales, en los que hasta hace poco se podían consultar todas las resoluciones del Municipio accediendo directamente a decretos, llamados a licitación y demás medidas oficiales.
A partir de mediados de octubre, el sitio municipal, en su ítem «Transparencia» ya no permite el acceso directo a la documentación, sino que establece un burocrático sistema que busca desalentar la inquietud de quien simplemente quiera saber en qué se gasta la plata de todos.
La medida es manifiestamente ilegal y choca con diversas normas. Por ejemplo, la Ordenanza 7837, que en 2013 sancionó el Concejo Deliberante. Allí se establece que «se le reconoce a toda persona física o jurídica de Florencio Varela, que tenga interés legítimo, el derecho de solicitar y recibir, sin costo, información pública completa y veraz de parte de quienes ejercen funciones públicas o realizan actividades y programas financiados por medio de los presupuestos públicos».
Su antecedente, la Ley Provincial 12.475, reconoce a toda persona física o jurídica que tenga interés legítimo, el derecho de acceso a los documentos administrativos –lo que se materializa con una presentación por mesa de entradas del organismo en cuestión- y fija un plazo para que lo conteste: «transcurridos 30 días hábiles sin que la autoridad se haya expedido, la solicitud se considerará denegada».
El derecho de acceso a la información está reconocido también por el artículo 19 de la Convención Universal de Derechos Humanos, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, incorporados a la Constitución Nacional a través del artículo 75 inciso 22, como asimismo en el artículo 12 de la Constitución Provincial y la Ley Nacional 27275.
La Organización de Estados Americanos (OEA), también se ha expedido claramente al respecto, bajo un principio de «máxima apertura», sugiriendo que los países deberían contar con un mecanismo sancionatorio para castigar a los que niegan la información.

(Ver nota completa en la edición de papel)


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