¿Juzgados de faltas o cortes del siglo XVIII?



Edición Impresa » 03/12/2022

Nuestros Juzgados de Faltas se siguen manejando como las cortes inglesas del siglo XIX.

Nuestros Juzgados de Faltas se siguen manejando como las cortes inglesas del siglo XIX.

¡Culpable! se escucha ante la presunta infracción por parte de inspectores que muchas veces actúan por mandato de terceros y no por aplicación del Código de Faltas. Así, hay disposiciones y reglamentaciones municipales que ponen en el acta inclusive a muchos negocios con habilitación definitiva donde el acto de prevención no existe, sino sólo la «clausura preventiva» que se transforma en eterna a no ser que uno abone lo que la «Corte» disponga. De ese modo se vuelve a abrir un comercio o ya no se es más culpable de pasar el semáforo en rojo porque las multas siempre son pesos, nunca un curso o un taller y nunca alguien es inocente. No existía la inocencia en las cortes inglesas del siglo XVIII y mucho menos en los Juzgados de Faltas de Florencio Varela.
¿Y qué decir del derecho de legítima defensa? No existe el procedimiento oral frente al magistrado para realizar el descargo. Esto es nulo, de nulidad absoluta y violatorio de las garantías de defensa, ya que el juzgador es quien ya prejuzgó y el consumidor pierde el derecho a abonar con el 50% de descuento por pago voluntario.
¿No será hora de crear unas Defensorías en los Juzgados de Faltas y modificar el procedimiento de aplicación de pena?
Y ni que hablar si se apela!!! ¿Qué es eso??
Al explicar que el fallo no está firme, que la sentencia no es aplicable y se debe volver al estado anterior de la sentencia, ahí es Inglaterra siglo XV, ya no XVIII. El despotismo es total, como la violación al principio rector de nuestros códigos. Nuestra Constitución se vuelve inexistente, pero si se paga, la condena estará cumplida y volvemos a empezar. Pero ¿qué pasa con las fuentes de trabajo? ¿Con otro principio constitucional y no menos importante como el derecho a trabajar o ejercer industria? ¿Qué pasa con los empleados que se quedan sin sus trabajos por clausuras infinitas que encima son contrarias a todas las reglamentaciones y disposiciones provinciales y nacionales?
Por eso señores concejales, reformemos el procedimiento de los Juzgados de Faltas garantizando la defensa en juicio y el derecho al trabajo.


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