Por Angela Juárez
A Carolina Medina (25) la encontraron el 13 de octubre de 2018, desangrada en la habitación 10 del hotel alojamiento Susurros, ubicado en Humaitá, entre Storni y Remedios de Escalada –Florencio Varela-. Mientras tanto, García huía en su coche.
A Carolina Medina (25) la encontraron el 13 de octubre de 2018, desangrada en la habitación 10 del hotel alojamiento Susurros, ubicado en Humaitá, entre Storni y Remedios de Escalada –Florencio Varela-. Mientras tanto, García huía en su coche. Lo entregó su padre al día siguiente.
A pesar de que Carolina había sido atada, golpeada, su cuerpo destrozado, y el hijo que llevaba en el vientre, asesinado, a la investigación no siempre se la encaró como la de un femicidio.
La perspectiva de género es una categoría de análisis que permite comprender cómo la diferencia en los roles, funciones y atributos asignados, en una sociedad determinada, a los varones y a las mujeres, influye sobre los comportamientos sociales e institucionales. Aplicado a los casos de femicidios, permite conceptualizar el acto femicida, no como una conducta aislada, sino en un contexto de discriminación y dominación de género.
La investigación por el crimen recayó en la Unidad Funcional e Instrucción N° 3 Descentralizada de Florencio Varela. En los medios de comunicación masiva y en la sociedad promedio, el dato sobre el lugar del hecho, se jerarquizó más que las condiciones que hicieron posible el crimen. Atinadamente, la representante de la familia de Carolina, la madre y el padre, particulares damnificados en la causa, pidieron que la carátula dejara de ser homicidio simple y pasase a nombrarse como homicidio doblemente agravado por su comisión con ensañamiento y alevosía y por mediar violencia de género. Es decir, la figura de femicidio incorporada al Código Penal en 2012 a través de la modificación del artículo 80 inc. 11.
De esta manera, con perspectiva de género, se pretendió excluir visiones estereotipadas o prejuiciosas sobre actitudes, características o roles de las víctimas o personas acusadas, evitar la pérdida o degradación del material probatorio presente en la escena del hallazgo del cuerpo y alcanzar la adecuación típica acertada de los sucesos, para visibilizar el componente de violencia de género en estos crímenes y acabar con la impunidad… Impunidad que este femicida vendría arrastrando desde hacía años.
Creerle al macho
Natalia Belén Sotelo (22) recibió 33 puntazos con un destornillador en el cuello en 2010. Cinco de esas lesiones fueron en la yugular, la laringe y la tráquea. Murió desangrada en la vereda de la casa de su agresor en Quilmes, quien alegó un robo y no sufrió ni un rasguño. La Justicia le creyó. Según ésta, el hombre había actuado en defensa propia; por lo cual luego de declarar, recuperó la libertad. Sin embargo, prontamente se supo que existía un vínculo previo, una relación entre el asesino y la víctima, revirtiendo la versión del obrar dada por el quilmeño.
El contexto como herramienta conceptual fue ignorado, por lo cual, los operadores de justicia, no pudieron identificar los signos e indicios propios para guiar la investigación en todas sus fases (escena del crimen y del hallazgo del cuerpo, autopsia, circunstancias alrededor de los hechos, víctimas y victimarios).
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Si tan solo se hubiese evitado la fuga
Silvana Miño, (28) desapareció el 13 de enero de 2017 al salir de una fiesta en Quilmes. Inmediatamente, su familia realizó la denuncia correspondiente. Los testigos declararon que esa noche ella había estado acompañada por un hombre. El mismo fue identificado pero se fugó.
La búsqueda de personas desaparecidas en democracia por parte del Estado debe incluir un fuerte compromiso del sistema de administración de justicia para cumplir con las obligaciones internacionales. La desaparición forzada o involuntaria de una persona puede comprender la configuración de un delito complejo, múltiple y con carácter acumulativo. Ante ello, la desaparición de mujeres y personas LGTBIQ+ como fenómeno emergente del universo de las desapariciones, comporta un desafío en materia investigativa para la Argentina.
Dos meses después de la desaparición de Silvana, encontraron un torso flotando en un arroyo de Wilde. A través de un examen de ADN, los investigadores confirmaron que le pertenecía. Los resultados de los estudios confirmaron también la fecha aproximada de la muerte -entre el 14 y 15 de enero-.
El Comité de Expertas del MESECVI (CEVI) entiende a la desaparición forzada o involuntaria de mujeres y niñas como «la privación de libertad de una mujer o niña, o un grupo de mujeres y/o niñas, cometida por uno o varios particulares en razón de su género, cuya finalidad (violencia sexual, trata de personas o feminicidio y tortura) no requiere ser probada como tal para que la desaparición por si sola califique como un acto de VCM, y que conlleva la responsabilidad internacional del Estado en el marco de sus obligaciones».
En declaraciones posteriores, Romina, hermana de Silvana, afirmó a la prensa que «el último en verla fue el hombre con el que se fue de la fiesta. Se conocían hacía dos meses, está identificado pero no lo encuentran. La fiscal que lleva adelante la causa de mi hermana me dijo que tiene antecedentes».
La denuncia por la desaparición de Silvana fue hecha en Florencio Varela. En la causa intervino la Fiscalía 2 de ese municipio. Sin embargo, las obligaciones del sistema de administración de justicia sobre actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, no habrían sido cumplidas en su totalidad.
Una sentencia, más expectativas a futuro
«Él quedó imputado de estos crímenes, ellas también estaban embarazadas», afirmó Alejandra Leguizamón, la madre de Carolina Medina sobre el femicida de su hija, Ariel Norberto García –en relación a los casos de Natalia Sotelo y Silvana Miño- y agregó «es un asesino serial».
Se trata de «un psicópata, ubicado en tiempo y espacio, que comprende las leyes y elige no seguirlas por seguir sus instintos», afirmó la perito psiquiatra.
«Sintió placer al hacer esto», pronunció el letrado que representa a la familia de Carolina.
En cambio, la graduada de la Universidad Católica de La Plata y, quien se presenta como referente política, Adriana Thevenon -en su carácter de defensora de García- alegó extensamente cuestionando algunas pruebas presentadas en el debate y se dirigió hacia la familia de Carolina para recalcarles sobre la gravedad de los cargos contra su defendido a quien consideró un joven con problemas psicológicos y con el consumo de estupefacientes…
Afortunadamente, en el caso de Carolina, los operadores de justicia descartaron las patologías en la psique de García y comprendieron que ni las drogas ni los juegos sexuales asesinan mujeres. Quienes lo hacen, son los femicidas.
Ojalá el sistema judicial se hubiera dado cuenta antes…